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DGCP emite normativas para contrataciones de Punta Catalina y Fideicomiso Pro-Pedernales

por La redacción

SANTO DOMINGO.-La Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) aprobó el manual interno de compras y contrataciones de la Empresa de Generación Eléctrica de Punta Catalina, así como el Reglamento para las compras y contrataciones de bienes, obras y servicios del Fideicomiso para el Desarrollo Turístico de la provincia Pedernales.

Mediante una nota de prensa, el órgano rector explicó que el manual da cumplimiento al Reglamento de Aplicación de la Ley sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones, el cual establece las directrices generales para que las empresas públicas puedan adquirir bienes, servicios y obras, así como insumos, materiales y repuestos para la generación de energía eléctrica.

Según el reglamento, las empresas públicas no financieras, las instituciones descentralizadas y autónomas financieras y las empresas públicas financieras, como Punta Catalina, están llamadas a elaborar un manual interno de contratación pública para la contratación de bienes, obras y servicios, que deberá ser aprobado por el órgano rector.

Con esta nueva normativa se busca asegurar la máxima eficiencia en la adquisición de los bienes, servicios y obras requeridos para la operatividad de la Central Termoeléctrica de Punta Catalina.

Asimismo, la DGCP explicó que el Reglamento interno del Fideicomiso Pro-Pedernales es un instrumento administrativo que establece las normas y los procedimientos para regular las contrataciones de bienes, servicios y obras que se realicen para la consecución de este proyecto, de conformidad con lo que establece la Ley de Contrataciones Públicas y la Ley que crea los fideicomisos públicos para al desarrollo de proyectos de infraestructura y servicios de interés colectivo.

En cuanto a las compras y contrataciones públicas en el marco del fideicomiso público la Ley señala que “los procesos para la selección de proveedores, la adjudicación de contratos relativos a la realización de obras, la prestación de servicios, la adquisición de bienes con cargo al patrimonio fideicomitido, así como las demás actuaciones del fideicomiso público, se harán de conformidad a la Ley sobre Compras y Contrataciones Públicas, Obras y Concesiones, y sus modificaciones”.

La DGCP aseguró que, aunque contarán con instrumentos que permitirán una mayor fluidez en las contrataciones, los fideicomisos públicos y las empresas públicas no financieras, las instituciones descentralizadas y autónomas financieras y las empresas públicas financieras, continuarán rigiéndose por la Ley sobre Compras y Contrataciones Públicas.

La DGCP también emitió una resolución que aprueba el modelo de documento estándar que será utilizado por los fideicomisos públicos para la elaboración de sus reglamentos internos, de conformidad con las citadas normas.

Este modelo servirá como guía para facilitar el proceso de elaboración de los reglamentos internos de los fideicomisos, asegurando la correcta aplicación de la normativa en materia de contratación pública.

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