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La importante circular que dio a conocer el jefe del Ejército de la República Dominicana

Esto es muy importante porque evidencia el sentido de transparencia con que se maneja el Comandante Onofre y además le permite a la población tener claridad en cómo están constituidos los salarios en esta importante institución.

El contenido de dicha circular, a la cuál ha tenido acceso Multimedios El Demócrata, nos pareció oportuno darla a conocer por el hecho de que no toda la ciudadanía está familiarizada con este tipo de temas. El número es 1-2023 del Ejército de la República Dominicana y de ella extrajimos lo que nos pareció más relevante.

En el párrafo 1 dice: “esta Comandancia General tiene a bien reiterar a todos los miembros de este glorioso Ejército, lo estipulado en la ley 139-13 Orgánica de las Fuerzas Armadas en lo que respecta al especialismo.

Así mismo se les reitera las disposiciones vigentes para lo concerniente a sueldo por rango, sueldo por cargo y compensación por riesgo contenidos en el oficio número 23568, del señor Ministro de Defensa, de fecha 19 de julio del 2017, y su anexo conteniendo la aprobación por el Ministerio de Administración Pública, mediante comunicación número 007287 de fecha 17 de julio del 2017, de la escala salarial de sueldos por Rango y Cargos de los Miembros de los cuerpos castrenses, estableciendo lo siguiente:

  1. Que todos los miembros de las FF.AA, que presten servicios en el Ministerio de Defensa e Instituciones Militares, reciban su sueldo por Rango y sueldo por Cargo, y que adicionalmente se establezca una compensación por riesgo adicional de las FF.AA con rango de Raso y/o Marinero hasta el rango de Mayor y/o Capitán de Corbeta que presten servicios en las Unidades Operativas del Ejército, Armada y la Fuerza Aérea de República Dominicana realizando tareas de Seguridad y Defensa, apoyo a la Policía Nacional en el mantenimiento del Orden Público y Operaciones de Prevención y mitigación de riesgos en apoyo a la Comisión Nacional de Emergencias.
  2. El personal militar asignado para servicio de funcionarios públicos, instituciones gubernamentales y actividades fuera de los recintos militares percibirá de sus respectivas instituciones el salario correspondiente a su sueldo por rango.

Esta circular se autoriza ser leída en todos los recintos militares, con la debida aclaración de cada comandante al personal bajo su mando.

Por: Francisco Tavárez, El Demócrata.